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martes, 16 de mayo de 2017

Los Municipios con Potencial Eólico ante la Repotenciación de sus Parques


Llama la atención el titular aparecido en el diario El País bajo el título de:  Muras, el pueblo con la luz más barata de España gracias a sus molinos

Todo indica que el municipio aludido es singular en cuanto, al menos, sus instalaciones de parque eólicos, los datos que proporciona el citado artículo son:

“Un municipio en el que 668 habitantes conviven con 381 aerogeneradores,.. las empresas que, como Acciona, Iberdrola o Norvento, explotan los 20 parques eólicos enclavados en su territorio”
Toda esa industria de generación eléctrica renovable genera al municipio los siguientes ingresos:

“En las arcas locales de Muras, una localidad con un presupuesto municipal para 2017 de 1,7 millones de euros, entran cada año cerca de 1,5 millones procedentes del negocio del viento. 900.000 euros se ingresan por el IBI y el IAE que se cobra a las eólicas y 535.000 euros se obtienen del Fondo de Compensación”

Las tierras donde se asientan los citados 20 Parque eólicos fueron vendidas de la siguiente forma:

Animados por las Administraciones, relatan desde el gobierno local, los vecinos vendieron a las empresas las tierras donde se plantaron los aerogeneradores a 0,20 euros el metro cuadrado. “Les decían que esas tierras no valían nada y ni siquiera les hablaron de alquilarlas para generar al menos una renta”

Ha llegado la hora y la oportunidad de que los municipios que tienen asentados en su demarcación parque eólicos se beneficien económicamente de la riqueza energética que poseen y, no solo, por la vía de las tasas e impuestos sino también por ser parte interesada y promotora del desarrollo de esa industria en su territorio al ser la fuente energética, en este caso, un bien de todos los ciudadanos de ese municipio.

Las nuevas subastas que se quieren realizar con tanta premura deberían considerar lo anteriormente y ser expuesto en sus pliegos de condiciones, el desarrollo de los entes locales pasa por estas actuaciones, quizás, cabe preguntarse qué papel deberían tener las diputaciones, como el mejor apoyo y asesoramiento para los municipios implicados.

Las relaciones entre el poder económico y el político, dentro del sector energético, deberán buscar un nuevo equilibrio, ya que la entrada de un nuevo agente, el consumidor, con carácter prioritario e impulsor de la denominada transición energética así lo demanda y deberá ser atendido por el poder político.

Solamente basta recordar los siguientes datos:

Iberdrola mantiene su liderazgo como primera empresa por potencia eólica en España, después de que el ejercicio 2016 con 5.576 megavatios (MW) y una cuota de mercado del 24,2%, por delante de Acciona, que tiene 4.267 MW y una cuota del 18,5%.En tercera posición se mantiene EDP Renovables, con 2.255 MW y un peso total del 9,8%, por delante de Enel Green Power España, propiedad 100% de Endesa, con 1.491 MW, y Gas Natural Fenosa Renovables, con 1.215 MW.

Es decir, el lobby Unesa (Endesa, Iberdrola, Gas Natural, EDP) cuatro de las cinco empresas que constituyen Unesa poseen una potencia instalada de:10.537 Mw.,que representa una cuota del 47%. El grado de concentración es muy elevado, al existir en el segundo lugar en cuota de mercado la empresa Acciona con el 18,5%.

No puede existir ninguna duda que revertir la riqueza energética que posee el municipio de Muras en su municipio es el mejor desarrollo posible para el propio municipio, la comarca y la propia región donde se asienta.



viernes, 12 de mayo de 2017

La Falta de Transparencia en el Sector Eléctrico ante el Partido en Juego


Las noticias, las intervenciones políticas y la ausencia de información tejen una madeja de especulaciones ante cual es el verdadero partido que está en juego y quiénes son sus protagonistas y qué intereses defienden cada uno de ellos en un sector eléctrico necesitado de una nueva reforma, la realizada en diciembre del 2013  solo sirvió para justificar los parches realizados con el objetivo de apuntalar el denominado déficit eléctrico.

La estrategia energética del actual gobierno explicitada por su actual responsable, el ministro de Energía, se puede sintetizar en: elaboración de una ley del cambio climático y transición energética en convergencia con el paquete de invierno de la Comisión de Energía denominado: Clean Energy for all Europeans, expuesta en su comparecencia en el Congreso con motivo de presentación de su política energética.
La estrategia energética pasa/pasaba por el acuerdo alcanzado por el actual partido en el gobierno de desarrollar un Plan Energético Nacional fruto del consenso.

Nada de lo anterior trasciende a la opinión pública a pesar de su calado económico para el conjunto de la sociedad española, sin embargo, trascienden aspectos como los siguientes:
  • Central Nuclear de Garoña, a la espera de la posición del gobierno y con falta de acuerdo entre sus socios, Iberdrola y Endesa, con matrices en el País Vasco e Italia respectivamente.
  • Cierre de Centrales Térmicas decididos por el socio mayoritario de Endesa, Enel, en su Sede en Italia.
  • Informe de la situación en pérdidas de la empresa de Iberdrola que aglutina todos sus intereses de centrales nucleares en España.
  • Exigencia de responsabilidades políticas por la venta, hace diez años, de la empresa Endesa a la italiana Enel por un importe de 40.000 M€.
  • Actuaciones de la fiscalía contra Iberdrola en relación con la posición de dominio a finales del año 2013 que ocasionó un cambio en el modelo tarifario entre otras cosas.
  • Arbitrajes perdidos por el Estado de España en relación con el cambio de regulación de las subvenciones en el régimen especial y que afectan por su cuantía al equilibrio presupuestario del sistema eléctrico.

Todo lo anterior, pone de manifiesto que los antecedentes que se arrastran en el sector eléctrico no permiten establecer una hoja de ruta con un objetivo de futuro, transparente y participativo para todos los agentes y en especial para el conjunto de los consumidores, tal como se establece en la estrategia europea a la que nos debemos.

Me atrevo a especular que el partido que está en juego en el sector eléctrico español es el del subsector nuclear, la prórroga de los permisos de explotación es de tanta importancia económica para las empresas del lobby eléctrico y, posiblemente, por primera vez sin una posición común, es decir, sin una posición posible de la patronal Unesa, que no haga viable las negociaciones tradicionales que se han venido desarrollando durante ya casi cuatro décadas, eso explicaría el duro ataque del actual responsable del ministerio de Energía hacia la empresa italiana Endesa que trastoca los equilibrios anteriores, apareciendo intereses supranacionales




lunes, 8 de mayo de 2017

El Fraude y las Distribuidoras

El pasado fin de semana me vi involucrado en un caso de fraude eléctrico en una segunda vivienda en la costa malagueña, según el esquema que se muestra en la imagen de más arriba. Lo titulan: de doble acometida y queda muy definido mediante el esquema unifilar, es decir, es la derivación desde la red de distribución de la empresa suministradora hacia la edificación o propiedad donde se hará uso de la energía eléctrica. La segunda acometida es la que está conectada de forma irregular sin ningún tipo de control, adquiriendo energía sin pagarla.

En el caso que me ocupó, lógicamente, un tercero se beneficiaba del fraude y nada tenía que ver con el demandante de energía amparado por el contador y la instalación, aguas arribas del mismo, sin embargo, si era el defraudador para la compañía distribuidora, recibiendo una carta en el que según el artículo 87 del RD 1555/2000 se le facturaba una cantidad que en caso de impago motivaría el corte del suministro.

Desde el aspecto legal nos encontraríamos ante una situación similar a una sentencia dictada por un tribunal del siguiente tono:

 ” Se acepta la calificación jurídica que de los hechos probados se realiza en la instancia, pues si bien los hechos probados acreditarían la comisión de un delito de defraudación de fluido eléctrico previsto y penado en el artículo 255 del Código Penal no ha quedado acreditado que el acusado realizara manipulación alguna, y que, además, tuviera el más mínimo conocimiento de que existiera tal manipulación…..

El delito de defraudación de fluido eléctrico es un delito doloso, es decir la manipulación de los aparatos contadores tiene que ser realizada por el propio acusado, o que éste hubiera ordenado realizar la manipulación a persona cualificada, para lucrarse por la realización de esa manipulación, para que los contadores marcaran menos del consumo real.

En el presente caso, el propio acusado desconocía que existiera tal manipulación, desconocía quién pudo realizarla y desconocía que existieran diferencias contables en los recibos como para llamarle la atención de que se facturaba menos del consumo de electricidad que el realmente realizado.
En Derecho Penal no puede condenarse por presunciones, y aun existiendo indicios, es preciso que éstos sean varios, que sean incriminatorios, y que de la investigación realizada se puedan imputar al que resultara ser autor, por abarcar su autor el dominio del hecho….”

Desde el aspecto técnico, que es el más interesante para mi valoración, es el siguiente:

En la doble acometida, el punto de conexión, se produce antes de contador y, por lo tanto, en propiedad de la compañía distribuidora, responsable del funcionamiento y mantenimiento de la misma y, por lo tanto, el fraude se está produciendo en sus instalaciones y nada tiene que ver con el propietario del contador y del contrato del suministro, salvo que sea acusado de ser el defraudador. 

En este caso, al no conocerse el defraudador, el responsable de causar un perjuicio al conjunto de los consumidores eléctricos que son los que pagan el fraude es la propia compañía distribuidora que debería correr con los perjuicios y sanciones que se hayan establecido.

Como es bien sabido: “no se puede ser juez y parte” y menos en el caso de monopolio natural. Una razón de más para incidir en el cambio legal del GESTOR DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN, como vengo defendiendo, es inaceptable las situaciones que se producen por actuaciones fuera del orden legal existente.