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jueves, 27 de febrero de 2014

El Sector Eléctrico: un servicio de interés económico general



La nueva ley del Sector Eléctrico ( ley 24/2013 de 27 de diciembre) hace una definición del mismo en el inicio de su preámbulo, refrendándolo en su artículo 2.
Servicio de Interés económico general
El suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general, pues la actividad económica y humana no puede entenderse hoy en día sin su existencia. La ordenación de ese servicio distingue actividades realizadas en régimen de monopolio natural y otras en régimen de mercado

Artículo 2. Régimen de las actividades.

1. Se reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica reguladas en la presente ley sin perjuicio de las limitaciones que se pudieran establecer para las actividades que tengan carácter de monopolio natural.
2. El suministro de energía eléctrica constituye un servicio de interés económico general.
3. Corresponde al Gobierno y a las Administraciones Públicas la regulación y el control de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica. Asimismo, el operador del mercado y el operador del sistema tendrán las funciones que expresamente se le atribuyan.
4. En la regulación de la prestación del suministro de energía eléctrica se podrán tener en cuenta los planes y recomendaciones aprobados en el seno de los organismos internacionales, en virtud de los Convenios y Tratados en los que el Reino de España sea parte.
La ley del Sector Eléctrico ( ley 54/97 de 27 noviembre) consideró el régimen de actividades de la siguiente forma:
Artículo 2 Régimen de las actividades
1. Se reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica reguladas en la presente Ley.
2. Estas actividades se ejercerán garantizando el acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica a todos los consumidores demandantes del servicio dentro del territorio nacional y tendrán la consideración de servicio esencial.
Ponemos el acento, como hemos reflejado, en el aspecto de considerar el suministro de energía eléctrica como un servicio de interés económico general, aspecto no considerado en la anterior ley
«Los servicios de interés económico general son diferentes de los servicios ordinarios en la medida en que los poderes públicos consideran que su suministro conforma una necesidad, incluso si el mercado no es suficientemente favorable a la prestación de dichos servicios». La Comisión aprecia que «para que un servicio dado sea calificado de actividad económica sometida a las normas del mercado interior (libre circulación de los servicios y libertad de establecimiento), debe presentar la característica esencial de ser suministrada contra remuneración. Sin embargo, no debe necesariamente ser pagada por quienes de él se benefician» (Comunicación SIG y SSIG 2007  [13]).

La consideración del suministro eléctrico como de interés económico general abre una serie de posibilidades que de ser utilizadas igualmente abre muchas posibles soluciones a nuestro actual caos en la regulación eléctrica, es únicamente cuestión de voluntades, así lo entienden en Bruselas al considerar este sector como un SIG.















miércoles, 26 de febrero de 2014

La energía ausente en el #DEN2014


A priori nada parecía indicar que el tema de la energía, después de la intensidad del sector durante 2013, fuese tratado de una manera tan despectiva y, sin duda, de tema menor en el #DEN2014 (debate del estado de la nación 2014). Una posible interpretación de por qué no se mereció un mejor tratamiento puede ser la siguiente: uno se traía preparada una respuesta porque esperaba un ataque con este tema de la otra parte, al no producirse esto se soltó lo que se llevaba escrito y todo quedó es un sin sentido.

Empezamos el año con un nuevo secretario de la energía, sin haberse sabido el motivo real del cambio, pero si, que se abría una nueva etapa, el nuevo responsable manifestó que se había perdido el año 2012 y ahí estaba él para arreglarlo todo, o dicho mejor, para arreglar el déficit de tarifa, único objetivo con el que trabaja el Ministerio de Industria. Acabado el año 2013 el resultado ahí está y lo que se debería haber hablado es de todo lo acontecido que no ha sido poco.

Seguimos sin conocer si existe una estrategia energética para este país, tampoco sabemos si la estrategia energética europea es asumida y de ser así por qué no se desarrolla, tampoco conocemos si Europa da por cerrado la exigencia que figuraba en el MOU sobre este punto. Pero si sabemos, entre otras cosas, lo siguiente:
  • Orden IET/107/2014, de 31 de enero, por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014
  • Resolución de 30 de diciembre de 2013, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se revisa el coste de producción de energía eléctrica y los precios voluntarios para el pequeño consumidor.
  • Real Decreto-ley 17/2013, de 27 de diciembre, por el que se determina el precio de la energía eléctrica en los contratos sujetos al precio voluntario para el pequeño consumidor en el primer trimestre de 2014.
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico
  • Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico.

También conocemos los sucesos ocurridos en el mes de diciembre en el mercado diario que culminó con la subasta Cesur del 19 de diciembre y que desembocó en una de las mayores crisis del sector, por primera vez hubo una intervención real en el mercado, con todas las consecuencias que ha tenido tanto internamente como externamente. Una de las consecuencias visibles fue la protagonizada por el Presidente de la Multinacional Vasca en Londres con motivo de la presentación de resultados del año 2013.

Resumiendo: la salida del túnel del sector energético español está lo suficientemente lejos como no poderse ver ninguna luz en el frente. En cualquier caso el sector conserva todo su potencial de desarrollo y pese a quien pese se abrirá camino, se impone la lógica de la sociedad civil aunque la clase política retrase la lógica de las cosas sin ningún futuro para todos.

martes, 11 de febrero de 2014

La nueva reforma/parche del sistema eléctrico


El pasado 19 de diciembre coincidieron dos hechos referentes al sector eléctrico, el primero, fue la aprobación en el Congreso de la denominada reforma eléctrica y, el segundo, la subasta Cesur que originó el denominado “tarifazo”. La anulación de la subasta y la posterior fijación del precio de la energía por parte de la administración para el primer trimestre dela año, trajo como consecuencia la necesidad de definir un nuevo sistema de fijación del precio de la energía eléctrica para las tarifas reguladas para los meses sucesivos.

El nuevo sistema que se anuncia en los medios es un nuevo parche a un sistema reformado hace menos de dos meses, las características de la reforma que mencionan son: 
  • Desaparición de las subastas Cesur
  • Precio en función del mercado diario, con diferentes periodos de fijación de los precios: anual, mensual, horario, en este caso en necesario tener un contador electrónico.

Llama la atención que se de validez al mercado diario y que sirva como referencia para la asignación de los precios regulados, es sabido y así se ha demandado desde diferentes órganos la necesidad de modificar las reglas de ese mercado, como se puso de manifiesto el pasado mes de diciembre.

La CNMC tiene en estudio la valoración del comportamiento del mercado diario durante el mes de diciembre, dado que su comportamiento fue el que propició una subida de más del 20% en la subasta Cesur en relación con la anterior. Las posibles manipulaciones se producen, como es sabido, en el mercado spot, mercado que se quiere fijar como mercado de referencia para el precio de la energía para los consumidores con tarifa regulada, en la subasta 25ª, la última, la CNMC desmintió la existencia de irregularidades en el proceso tal como está establecido.

El retraso en la implantación de los nuevos contadores, así como la posibilidad de la utilización de las medidas por los usuarios, se pone de manifiesto con el nuevo procedimiento que se quiere implantar para la fijación del precio de la energía. Por otra parte, la volatilidad actual del precio horario, en el mercado diario,  es de una amplitud que en sus extremos podría oscilar entre cero euros por MWh y, nada menos, que cien euros KWh. Por otra parte, no hay ninguna práctica en los consumidores domésticos al uso de la energía eléctrica según los diferentes periodos de la curva de carga del sistema: valle, llano y punta.


A la espera de que la nueva norma sea evaluada por el regulador y nos arroje más luz que la actualmente existente y valore los cambios que se pretenden en el contexto de la nueva ley del sector y en la nueva ponderación del termino de potencia y de energía en la tarifa de acceso. Es deseable como necesario que al final todo en su conjunto no repercuta en los consumidores en un aumento del importe de las facturas eléctricas que en el caso de los usuarios residenciales supone tan solo entre un 20/30% del consumo energético total de su hogar, pero puede representar más del 50% del total del gasto energético.

martes, 4 de febrero de 2014

La Bombilla que desglosa la Factura Eléctrica

Viene apareciendo en los medios de comunicación una información sobre la factura de la luz, su patrocinador es, una de las principales eléctricas del país, Iberdrola. El mensaje con una amplitud de una hoja de periódico: Tu factura de la luz no puede ser más transparente. Así se desglosa tu factura:
·        
1       19€ (38%) corresponden a la energía consumida y a las líneas eléctricas para llevarla.El resto, 32 €, son costes ajenos al suministro eléctrico.
·       
       Una imagen de una bombilla muestra en su interior el reparto del 62%;
o   Políticas fiscales (30,1)
o   políticas medioambientales (19%)
o   políticas territoriales (3,7%)
o   ayudas sociales (2,5%)
o   y otros (6,7%).

Los datos anteriores, según indica el anuncio, corresponden a un cliente residencial medio tomando como referencia el año 2013 y según estimación de la propia compañía anunciante.
Es evidente que con ese anuncio la compañía no pretende vender más energía a sus clientes y, por lo tanto, tampoco va dirigido expresamente a los consumidores cuyos datos se reflejan en el anuncio, los residenciales con un consumo mensual medio de 51 €.

El mensaje, según mi criterio, es totalmente transparente, coincide con el argumentario reiterado de ésta compañía, si el precio de la energía eléctrica es tan elevado no a causa del precio de generar un KWh ni de su transporte y distribución es a causa de otros factores: los políticos y los sociales.
El corolario es: si desaparecieran las cargas políticas y sociales el precio de la electricidad podría ser un 62% más bajo y, por lo tanto, que sean los presupuestos generales del estado los que se hagan cargo de estos gastos y el sistema eléctrico gozará de una situación económica estable y equilibrada.

Lo primero que hay que resaltar es el hecho de que una compañía se gaste sus dineros en una actuación como la anterior, que se encuadra más en una acción informativa a un segmento de sus clientes que a una acción de propaganda para un mejor posicionamiento de la compañía en el mercado eléctrico.

Si la compañía persigue el fin de informar a sus clientes la manera en que se presentan los datos es cuestionable y censurable ya que la información no presenta la realidad del sector eléctrico ni las variables que influyen en una estrategia energética que deben ser consideradas por los consumidores.

Si la compañía persigue el fin de presionar a la administración a través de la ciudadanía para conseguir uno de sus objetivos empresariales, tal como es una nueva distribución de los costes y los ingresos del sistema eléctrico, es claro que el fin no puede justificar los medios utilizados que son claramente manipulados ya que el desglose de la factura eléctrica es intencionadamente dirigido, no corresponde con la desagregación utilizada y además se presenta sobre un porcentaje muy pequeño sobre el consumo total.

Un ejemplo servirá para ilustrar lo anterior, si se considerase incluido en el coste de la energía la parte correspondiente a las subvenciones del régimen especial, posición que es mantenida por agentes de peso en el sector como es REE, los datos de la “bombilla de Iberdrola” se darían la vuelta: el 32% correspondiente a: energía más transporte sería del entorno del 67%, casi el doble de lo indicado, pero es que esa misma distribución en el conjunto total de la energía eléctrica le corresponde aproximadamente el 58% que el caso de añadirle la parte subvencionada del régimen especial se elevaría al 88%.


La pregunta que cabe hacerse es: ¿Por qué la administración no actual ante esa información manipulada para conseguir un objetivo ajeno a los intereses de los consumidores que también son contribuyentes?