Las lagunas existentes en el sector
energético son más transparentes a la hora de tomar decisiones que afectan al
sistema, más que al hecho concreto sobre el que se decide. Esto se está haciendo
muy evidente en el caso de la central nuclear de Garoña que lleva en el limbo de
la decisión de su continuidad desde el año 2011, año en el que se cumplía 40
años de funcionamiento, que fueron los años para los que se diseñó la citada
central.
Cualquier decisión que se tome al
margen de la necesaria estrategia energética será parcial y sujeta, como ya es
costumbre, a revisión, dado la falta de consenso y de un pacto político de
referencia.
Dada la situación en la cúpula política
del CSN, Consejo de Seguridad Nuclear, dada la situación de un posible pacto político
energético, dada la situación ideologizada de la tecnología nuclear y dado, también,
la posición adoptada por Nuclenor, empresa propiedad de las dos principales
empresas del actual oligopolio eléctrico, cualquier decisión debería aplazarse
hasta que el Pacto se alcanzara, cualquier decisión unilateral, en este caso,
debería tener un respuesta muy contundente dado lo que se encuentra en juego.
El CSN aprobó, el 8/02/2017, la reapertura
de la central de Santa María de Garoña hasta alcanzar los 60 años de vida útil
(2031) bajo el cumplimiento de 10 condiciones.
Posiblemente, una decisión sin un
consenso imposibilitaría el Pacto sobre la Energía que es la posición
totalmente mayoritaria y, además, pactada como condición política para mantener
la actual legislatura.
La situación ha llegado a tal punto
que hace imposible seguir transitando por la ruta trazada, en efecto, una
decisión política unilateral o consensuada de continuidad no tendría
consecuencias reales, ya que, estaría condicionada por la decisión última del
propietario de la Central de Garoña que podría declinar su apertura por
cuestiones de rentabilidad.
En este punto, conviene recordar
uno de los hechos más ilegales que han acontecido en el sistema eléctrico: el
cierre unilateral y sin autorización para el desenganche del sistema eléctrico
de la Central de Garoña, ocurrido en diciembre del 2012 y que fue objeto de una
multa, por parte de la CNMC, de 18 M€ y de una sentencia de una dureza extrema
que no tuvo consecuencias penales, a pesar de las calificaciones hacia los
propietarios de la central muy graves por la ilegalidad que supuso su parada por decisión
unilateral de Nuclenor.
Paradójicamente, aquellos que
tomaron aquella decisión, se les pondría en la posición de poder tomar la
decisión contraria a la que ilegalmente tomaron y sobre la base de sus
intereses, no debería permitirse esta “hoja de ruta” aunque fuera únicamente por
defensa del interés general y, por lo tanto, defensa de los valores que emanan
de nuestra constitución.
Como lo anterior se desvía de la lógica,
nos debemos encontrar ante una situación más compleja y no transparente a la
opinión pública y que ha sido, en parte, apuntada por algún medio, como que se
quiera dar una definición global a la energía nuclear, sobre la base, de lo que
acontezca con la central de Garoña, es decir, pactar el devenir del resto de
centrales existentes en nuestro país.
Lo anterior es muy plausible, dada
la posición que mantienen las propietarias: “las inversiones necesarias no
hacen rentable la apertura incluso que el alargamiento a 60 años de la visa
útil de la central.
Por lo tanto, quizás, no estaríamos
hablando de la central de Garoña sino de pactar para el conjunto de las
centrales nucleares existentes un alargamiento de su vida útil hasta los 60
años.
Así como, Garoña tiene un impacto económico
reducido no es el caso de toda la energía eléctrica nuclear que se genera
anualmente, sin Garoña, en el año 2016 supuso 55.546 GWh, que representa el 22%
del total generado y que a un precio medio anual de 40€/MWh supondría un
volumen económico de: 2.200 M€ y, posiblemente, los beneficios antes de impuestos,
caídos del cielo, podría estar en el entorno de, al menos, 1.200 M€., para
tener una referencia aproximada de lo que está en juego, simplemente multipliquemos las cantidades
anteriores por 20 años, de eso estamos hablando.
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