A estas alturas de la película ya está
casi todo dicho sobre el manido e importante tema del autoconsumo, sin embargo,
el Nuevo Espíritu Santo de la Energía, encarnado en el secretario de la
energía, ha vuelto a hablar desde el púlpito de lo irrefutable y volviendo a convocar a una nueva cruzada de la inquisición, en esta ocasión en la teología
del autoconsumo, para salvar su credo en la reforma fallida del déficit de
tarifa.
Ante tal postura que, al menos,
admite los calificativos de: autoritaria, irresponsable, no técnica ni científica,
alejada de la realidad, insostenible y divergente con todo el entorno
desarrollado, caben recordar dos documentos que conviene tener presente a la
hora de pedir responsabilidades:
- Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia
- COMMISSION STAFF WORKING DOCUMENT. Brussels, 13.10.2014 SWD(2014) 311 final
Real Decreto 1699/2011
El sector terciario y el doméstico son grandes consumidores energéticos
en forma de electricidad y calor y está constituido por numerosos consumidores
de pequeñas potencias que suelen estar mayoritariamente conectados en baja
tensión hasta 400 V, aunque algunos grandes edificios se conectan en alta tensión
entre 1 kV y 36 kV. El pequeño tamaño de algunas instalaciones de energías renovables
y de cogeneración de pequeña escala y el conocimiento disponible del sistema de
distribución en ciudades permite determinar un conjunto de situaciones en las
que la conexión a la red es siempre factible sin que requiera costosos estudios
y tiempo de dedicación por parte de las empresas distribuidoras. Esta
estructura específica del sector terciario y doméstico debe ser tenida en
cuenta a la hora de adoptar medidas concretas que fomenten una mayor
penetración de las tecnologías de energías renovables
y de la tecnología de cogeneración.
Por ello, la racionalización y aceleración de los procedimientos
administrativos para la obtención de los permisos que permitan una mayor
capacidad de generación se considera como una prioridad para la consecución de
los objetivos señalados.
……………………..
Como novedad, se simplifican los requisitos para las instalaciones de
pequeña potencia que pretendan conectarse en puntos donde exista ya un
suministro.
Del mismo modo, se excluyen del régimen de autorización administrativa
las instalaciones de producción con potencia nominal no superior a 100 kW y se
anuncia la futura y próxima regulación del suministro de la energía eléctrica
producida en el interior de la red de un consumidor para su propio consumo que
incentivará el autoconsumo.
Con estas medidas se pretende el desarrollo de la generación distribuida,
que presenta beneficios para el sistema como son la reducción de pérdidas en la
red, la reducción de necesidades de inversiones en nuevas redes y, en
definitiva, una minimización del impacto de las instalaciones eléctricas en su
entorno.
COMMISSION STAFF WORKING DOCUMENT
Puntos claves
En 2013, España inició una reforma del mercado de la electricidad, con el
objetivo principal de eliminar el déficit de tarifa.
El Parlamento aprobó una nueva ley de electricidad en diciembre de 2013,
que fue seguido por una serie de nuevas regulaciones secundarias en 2014. La
reforma fue criticada por tener efectos retroactivos y consulta limitada con
las partes interesadas, por lo tanto, España debería aumentar la participación
y la transparencia en el proceso de reglamentación de reducir los riesgos
regulatorios percibidas. La reforma del mercado debe ser completado, para
llegar a una mayor armonización regulatoria con el resto de Europa y reducir la
intervención del Estado. Además, se deben tomar las medidas necesarias para
minimizar el impacto de esta reforma sobre la producción de renovables y de
cogeneración de energía para asegurar que España es capaz de cumplir con sus
objetivos de renovables 2020.
Ante todo lo expuesto más arriba
cabe preguntarse, una vez constatado de que es conocido por los actuales
responsables, si el cinismo mostrado conduce a un punto cercano a la prevaricación y que, por tanto,
es exigible, antes o después, la parte de responsabilidad que conlleva y que es
acompañado de un daño económico y social
que se causará durante los cuatro años de esta legislatura y que en este caso
lo podemos resumir como: Déficit de
un Servicio de Interés General.

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