Hasta el 31 de diciembre 2012 todo lo concerniente al
déficit de tarifa del sector eléctrico se regulaba mediante: DISPOSICIÓN
ADICIONAL VIGÉSIMA PRIMERA. Suficiencia de los peajes de acceso y desajustes de
ingresos de las actividades reguladas del sector eléctrico (ley 54/97 del
sector eléctrico) que en los apartados uno y cuatro se establecía:
1. A partir del 1 de enero de 2013, los peajes de acceso serán
suficientes para satisfacer la totalidad de los costes de las actividades
reguladas sin que pueda aparecer déficit ex ante. La eventual aparición de
desviaciones transitorias por desajustes en los costes o ingresos reales
respecto a los que sirvieron de base para la fijación de los peajes de acceso
en cada período, dará lugar a que las tarifas de acceso del período siguiente
al de la aparición de dicho desajuste temporal se modifiquen en la cuantía
necesaria para su ajuste.
4. No obstante, para los años
2009, 2010, 2011 y 2012, el
déficit de ingresos previsto en la disposición por la que se aprobaron los
peajes de acceso correspondientes no será superior a 3.500 millones de euros,
3.000 millones de euros, 3.000 millones de euros y 1.500 millones de euros respectivamente.
Asimismo, los desajustes temporales de
liquidaciones del sistema eléctrico que se produzcan en 2010, hasta una cuantía
máxima de 2.500 millones de euros, tendrán la consideración de déficit de
ingresos del sistema de liquidaciones eléctrico para 2010, que generará
derechos de cobro que podrán ser cedidos por sus titulares al Fondo de
Titulización del Déficit del Sistema Eléctrico.
El 31 de diciembre pasado, es
decir hace tres días, se publicó en el BOE el: Real Decreto-ley 29/2012, de 28 de diciembre, de
mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de
Hogar y otras medidas de carácter
económico y social, entre las que figuraba:
Se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, en los siguientes aspectos:
Uno. Se suprime el primer párrafo del apartado 1 de la disposición adicional
vigésima primera.
Dos. Se modifica el apartado 4 de la disposición adicional vigésima primera,
que queda redactado como sigue:
«4. No obstante, para los años
2009, 2010, 2011 y 2012, el déficit de ingresos previsto en la disposición por
la que se aprobaron los peajes de acceso correspondientes no será superior a
3.500 millones de euros, 3.000 millones de euros, 3.000 millones de euros y
1.500 millones de euros, respectivamente.
Asimismo, los desajustes temporales
de liquidaciones del sistema eléctrico que se produzcan en 2010, hasta una
cuantía máxima de 2.500 millones de euros, y
en 2012, en el importe que resulte de la liquidación definitiva emitida
por la Comisión Nacional de la Energía, tendrán
la consideración de déficit de ingresos del sistema de liquidaciones eléctrico
para 2010 y 2012, respectivamente, que generará derechos de cobro que
podrán ser cedidos por sus titulares al Fondo de Titulización del Déficit del
Sistema Eléctrico.»
Hay que recordar que anteriormente ya se había producido
otra corrección de la disposición adicional 21ª mediante el RD 14/2010 de 23 de
diciembre, que estaba en vigencia hasta el 31 de diciembre 2012, y que corrigió
la disposición anterior que decía:
No obstante, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, el déficit de
ingresos previsto en la disposición por la que se aprobaron los peajes de
acceso correspondientes no será superior a 3.500 millones de euros, 3.000
millones de euros, 2.000 millones de euros y 1.000 millones de euros
respectivamente.
Resumen: Se suprime la obligación
de un déficit cero (ex ante) para el año 2013 y el correspondiente al año 2012
puede ser de cualquier cantidad, exactamente la que resulte.
Cualquier agente del sector
eléctrico que haya seguido el proceso regulatorio durante el año 2012 podrá
sacar las consecuencias de las medidas adoptadas en la publicación del BOE del
31 de diciembre del 2012.

eligetuenergia.com pensamos
ResponderEliminarque con la liberización del mercado energético se producirá la desaparición del déficit tarifario.