El Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se
regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de
pequeña potencia, publicado en el BOE el
jueves 8 de diciembre de 2011, estableció en su Disposición adicional segunda, lo siguiente:
Elaboración de una regulación del suministro de la energía eléctrica
producida en el interior de la red de un consumidor para su propio consumo.
El Ministro de Industria, Turismo
y Comercio, en el plazo de cuatro
meses desde la entrada en vigor del presente real decreto, elevará al
Gobierno una propuesta de real decreto cuyo objeto sea la regulación de las
condiciones administrativas, técnicas y económicas del consumo de la energía
eléctrica producida en el interior de la red de un consumidor para su propio
consumo.
Es evidente que el plazo para el cumplimiento de la disposición
adicional segunda prescribió hace un mes, el 8 de abril de 2012.
La actual administración asumió
como propia el RD 1699/2011 y se comprometió públicamente a elaborar el RD que
regularse la contratación mediante la modalidad de Balance Neto, es más, fue enviado el borrador del decreto a la
CNE e informado.
Después de la Moratoria Temporal de la Generación Eléctrica
del Régimen Especial, decretada por la actual Administración, mediante el RD
1/2012, la regulación indicada se perfilaba como una gran oportunidad para los
agentes no tradicionales del sector eléctrico.
En las actuales circunstancias por las que atraviesa este país,
llama la atención que una resolución que presenta un potencial desarrollo del
empleo, así como un avance cualitativo en el desarrollo de las energías
distribuidas, se alarguen los plazos administrativos y, lo que conlleva mayor
incertidumbre, no se da ningún tipo de explicación por la administración, lo
que hace suponer que posiblemente algo se esté cociendo fuera de la luz
pública.
Recordemos la importancia que
para la propia Administración tiene la regulación faltante, lo encontramos en
los considerandos del RD 1699/2011, entre otras cosas dice:
El sector terciario y el doméstico son grandes consumidores energéticos
en forma de electricidad y calor y está constituido por numerosos consumidores
de pequeñas potencias que suelen estar mayoritariamente conectados en baja
tensión hasta 400 V, aunque algunos grandes edificios se conectan en alta
tensión entre 1 kV y 36 kV. El pequeño tamaño de algunas instalaciones de
energías renovables y de cogeneración de pequeña escala y el conocimiento
disponible del sistema de distribución en ciudades permite determinar un
conjunto de situaciones en las que la conexión a la red es siempre factible sin
que requiera costosos estudios y tiempo de dedicación por parte de las empresas
distribuidoras. Esta estructura específica del sector terciario y doméstico
debe ser tenida en cuenta a la hora de adoptar medidas concretas que fomenten
una mayor penetración de las tecnologías de energías renovables y de la
tecnología de cogeneración. Por ello, la racionalización y aceleración de los
procedimientos administrativos para la obtención de los permisos que permitan
una mayor capacidad de generación se considera como una prioridad para la
consecución de los objetivos señalados.
Con estas medidas se pretende el desarrollo de la generación
distribuida, que presenta beneficios para el sistema como son la reducción de
pérdidas en la red, la reducción de necesidades de inversiones en nuevas redes
y, en definitiva, una minimización del impacto de las instalaciones eléctricas
en su entorno
Esperemos que el nuevo marco
regulatorio que parece tener absorto a la actual Administración no delegue la
esperada regulación del Balance Neto y sea acompañada de medidas
fiscales que permita su desarrollo amplio que sin duda contribuirá a la
creación de empleo de alto valor añadido y estable.
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